CORONAVIRUS Información publicada a fecha 18 de marzo de 2020
Boletín Oficial del Estado: miércoles 18 de marzo de 2020, Núm. 73
Decretos publicados en relación al Coronavirus COVID-19:
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La Orden TMA/229/2020, de 15 de marzo, por la que dictan disposiciones respecto al acceso de los transportistas profesionales a determinados servicios necesarios para facilitar el transporte de mercancías en el territorio nacional, fija las instrucciones necesarias para garantizar el acceso a los servicios necesarios de los profesionales de este sector en el ejercicio de su actividad.
Se tiene constancia que los establecimientos de suministro de combustible que disponen de servicios de aseo, cocina, servicios de restauración, o expendedores de comida preparada, no los están facilitando a todos los transportistas profesionales que lo necesitan, por lo que se solicita den traslado de la Orden a todas sus Policías Locales y , también, en su caso, a las Policías Autonómicas, para que adopten las medidas necesarias para dar pleno cumplimiento a las disposiciones contenidas en esta normativa.
Desde esta Subdirección General se ha dado traslado a la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil
Damos traslado de la mencionada normativa, para su mayor difusión con la finalidad de que se pueda dar cumplimiento a la Orden TMA/229/2020, de 15 de marzo, por la que dictan disposiciones respecto al acceso de los transportistas profesionales a determinados servicios necesarios para facilitar el transporte de mercancías en el territorio nacional.
Un saludo
Alicia Rubio Fernández
Subdirectora General de Inspección de Transporte Terrestre
Dirección General de Transporte Terrestre
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
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Ante la situación, grave y excepcional, que nos encontramos como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y la declaración del estado de alarma dictada por el Gobierno, resulta necesario señalar los siguientes criterios de actuación que deben de seguir las Comunidades Autónomas:
.1. El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en su artículo 14, determina los criterios y limites a seguir para el transporte de viajeros si bien indicar que el transporte de mercancías no se encuentra limitado.
Es decir, se puede realizar cualquier tipo de transporte de mercancías (mudanzas, mercancías peligrosas, etc.).
Rogamos trasladen estas instrucciones a las Policías Locales y Autonómicas de su Comunidad Autónoma.
2. Es necesario que se dé prioridad a la tramitación de las tarjetas de tacografo que se soliciten, dado que, una vez estas pierden su vigencia, los usuarios no pueden hacer uso de ellas al no registrarse los datos de sus actividades ya que el chip que ellas contienen se encuentra programado hasta la fecha de la vigencia de las mismas.
3. La Disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 literalmente señala que “Se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo” y en la Disposición adicional cuarta que “Los plazos de prescripción y caducidad de cualesquiera acciones y derechos quedarán suspendidos durante el plazo de vigencia del estado de alarma y, en su caso, de las prórrogas que se adoptaren”.
Así pues, se informa que los plazos de todos los procedimientos sancionadores que en materia de transporte terrestre se encuentren incoados quedan suspendidos tanto en su tramitación como en el cómputo de la prescripción y de su caducidad hasta el momento que el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, pierda su vigencia.
Atentamente
Alicia Rubio Fernández
Subdirectora General de Inspección de Transporte Terrestre
Dirección General de Transporte Terrestre
Ministerio de Fomento
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Un saludo.
Ramón Álvarez Vega
Jefe del Servicio de Ordenación e Inspección
Dirección General de Transportes
Consejería de Fomento y Medio Ambiente
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Pedimos disculpas si algun documento de los anteriores se encuentra repetido en anteriores comunicados.
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