Ante las quejas recibidas en este ayuntamiento de vecinos por la falta de recogida de excrementos de perros, que algunas personas propietarias de dichos animales de compañía no realizan, desde el ayuntamiento recordamos que según la ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA TENENCIA DE ANIMALES DE COMPAÑÍA Y POTENCIALMENTE PELIGROSOS, en su artículo 6 establece las infracciones leves, graves y muy graves, sancionables en aplicación del artículo 13.5 de la Ley 50/1999, con las siguientes multas:

  • Infracciones leves, desde 150,25 hasta 300,50 euros.
  • Infracciones graves, desde 300,51 hasta 2.404,05 euros.
  • Infracciones muy graves, desde 2.404,05 hasta 15.025,30 euros.Las infracciones graves y muy graves podrán llevar aparejadas sanciones accesorias.

Desde el ayuntamiento vamos a controlar el cumplimiento de esta ordenanza para evitarlo, agradeciendo a la mayoría de propietarios que sí cumplen estas normas básicas de higiene y convivencia su habitual buen comportamiento.

Los perros no son los culpables del incumplimiento de estas normas por sus dueños y dueñas.